Las deudas hasta 6.000 € admiten dos vías judiciales económicamente eficientes: el procedimiento monitorio (que no exige procurador en cuantías inferiores a 2.000 € ni abogado salvo oposición) y el juicio verbal cuando el deudor formula oposición. La proporción entre coste y resultado es razonable cuando el deudor tiene patrimonio embargable.
Una o varias facturas impagadas que conjuntamente no superan los 6.000 €. Documentación habitual: factura + albarán + comunicación previa. Vía monitoria directa.
Cuotas mensuales de asesoramiento, consultoría, mantenimiento o alquileres de oficina dejadas de pagar. Acumulación de mensualidades hasta el tope del verbal.
Pagarés impagados por importes inferiores a 6.000 €. Juicio cambiario con embargo cautelar inmediato, especialmente eficaz por la rapidez.
Indemnizaciones contractuales por incumplimiento parcial. Si la cuantía es líquida, se puede tramitar como verbal o monitorio según la documentación.
Vía recomendada habitual: monitorio. Coste reducido (tasa judicial mínima), rapidez (decreto en 1-2 meses si no hay oposición), facilidad documental. Si el deudor se opone, se transforma en juicio verbal y entonces sí intervienen abogado y procurador. En cuantías inferiores a 2.000 € no es preceptiva la asistencia letrada para presentar el monitorio, pero recomendamos su intervención profesional para evitar defectos formales que generen archivo.
En este tramo, los honorarios profesionales se ajustan al importe reclamado para que la operación sea económicamente eficiente. Trabajamos con honorarios mixtos (fee fijo reducido + cuota de éxito) o exclusivamente cuota litis cuando la solvencia del deudor está acreditada.