En este tramo se concentra el grueso del litigio mercantil entre empresas españolas: facturas comerciales acumuladas, pagarés impagados de cierta entidad, certificaciones de obra del sector construcción, transportes y suministros industriales. La inversión procesal está plenamente justificada cuando hay patrimonio embargable.
Conjunto de facturas comerciales del mismo cliente cuyo total supera los 6.000 €. Vía habitual: monitorio si la documentación es sólida; ordinario si previsiblemente habrá oposición.
Pagarés impagados al vencimiento de importe medio. Juicio cambiario con embargo preventivo desde la admisión a trámite.
Reclamación de indemnizaciones, comisiones o liquidaciones derivadas de la resolución de contratos de agencia, distribución o suministro.
Reclamación contra constructora principal por certificaciones impagadas o retenciones de garantía no liberadas pasado el plazo.
Préstamos documentados (contrato + transferencia bancaria) no devueltos en plazo. Vía habitual: monitorio o juicio ordinario.
Vía recomendada: ordinario o monitorio + verbal. Por debajo del límite del verbal (15.000 €) admite las dos vías; por encima, juicio ordinario. La decisión depende de la documentación: si el título es sólido (factura aceptada, pagaré, contrato firmado) preferimos monitorio para descartar la oposición; si hay debate sobre el fondo conviene plantear ordinario desde el inicio para no perder tiempo. Coordinamos procurador en el partido judicial competente.
Honorarios planteables como fee fijo, mixto o cuota litis según el grado de solidez documental, la solvencia del deudor y el plazo deseado de inicio. En facturas con albarán firmado y deudor solvente, frecuentemente trabajamos a cuota litis sin desembolso inicial.